Cuándo prescribe una deuda en Colombia
Prescripción y reporte en centrales de riesgo son dos cosas distintas, y confundirlas cuesta dinero. La prescripción extingue la posibilidad de exigir judicialmente el cobro de una obligación una vez transcurrido el plazo legal. La caducidad del dato negativo regula cuánto tiempo puede figurar esa mora en tu historial. Una deuda puede estar prescrita y seguir apareciendo, o haber desaparecido del reporte y seguir siendo exigible. El artículo 2536 del Código Civil fija cinco años para la acción ejecutiva y diez para la ordinaria, mientras que los títulos valores como el pagaré y la letra de cambio tienen su propio término de tres años en el artículo 789 del Código de Comercio. La prescripción tampoco opera sola: debe alegarse ante un juez, normalmente dentro del proceso de cobro, y ciertos actos la interrumpen y reinician el conteo. Abajo están los plazos por tipo de obligación, un ejemplo con fechas, y qué puedes hacer si lo que estás recibiendo son llamadas de cobranza y no una demanda.
Prescripción y reporte no son lo mismo
Conviene fijar la distinción antes que los plazos, porque de ahí salen casi todos los malos entendidos. La prescripción extingue la posibilidad de exigir judicialmente el cobro. La caducidad del dato negativo regula cuánto tiempo esa mora puede figurar en tu historial. Son reglas distintas, con plazos distintos y autoridades distintas. Una deuda puede estar prescrita y seguir apareciendo en la central, y puede haber desaparecido de la central y seguir siendo exigible.
Plazos de prescripción
- Títulos valores, como el pagaré y la letra de cambio: tres años contados desde el vencimiento, según el artículo 789 del Código de Comercio. Es el caso más frecuente en créditos bancarios, porque casi siempre se firma un pagaré.
- Acción ejecutiva: cinco años, según el artículo 2536 del Código Civil. Es la vía de cobro cuando existe un documento que presta mérito ejecutivo.
- Acción ordinaria: diez años. La acción ejecutiva que no se ejerce se convierte en ordinaria y dura otros cinco.
Un ejemplo con fechas
Supón un crédito de consumo respaldado con pagaré, que entra en mora el 15 de marzo de 2021 y cuyo pagaré vence ese mismo día por aceleración del plazo. La acción cambiaria derivada del pagaré prescribe tres años después, el 15 de marzo de 2024, siempre que en el intervalo no se haya notificado una demanda ni el deudor haya reconocido la deuda. La caducidad del dato en la central corre por separado desde la mora y se cumple a los ocho años, el 15 de marzo de 2029.
Entre 2024 y 2029 hay una franja de cinco años en la que esa obligación ya no es cobrable por la vía cambiaria y sigue perfectamente visible en tu historial. Es la situación que más consultas genera, y la respuesta es que ninguna de las dos cosas arregla la otra: la prescripción se alega ante un juez y la eliminación del dato se pide a la central cuando se cumple su propio plazo.
Caducidad del dato negativo
Una vez pagada la obligación, el dato negativo permanece el doble del tiempo que duró la mora, con un máximo de cuatro años contados desde el pago. Además opera una caducidad de ocho años desde que la obligación entró en mora, cumplida la cual el registro debe eliminarse aunque no se haya pagado. Estas reglas vienen de la Ley 1266 de 2008, modificada por la Ley 2157 de 2021.
La prescripción no opera sola
La prescripción es una excepción que debe alegarse, en general ante un juez y dentro del proceso de cobro. Si nadie la alega, el juez no la declara de oficio y el proceso puede prosperar aunque el plazo se haya cumplido. Por eso conviene responder una notificación judicial en lugar de ignorarla: ese proceso es donde se hace valer la prescripción.
Además hay actos que la interrumpen y reinician el conteo. Los principales son la notificación de la demanda y el reconocimiento de la deuda por parte del deudor, que puede ser expreso o tácito. Un abono parcial, la firma de un acuerdo de pago o una aceptación por escrito pueden bastar. De ahí que negociar una obligación muy antigua sin asesoría a veces empeore tu posición jurídica en lugar de mejorarla.
Conviene tener presente que el mismo razonamiento aparece fuera del crédito de consumo. En materia de cobro coactivo del Estado los jueces administrativos han declarado la prescripción cuando transcurre el término legal desde la notificación del mandamiento de pago sin que el proceso culmine. La lógica de fondo es la misma: el acreedor que no impulsa el cobro dentro del plazo pierde la vía judicial, y el paso del tiempo solo produce ese efecto si alguien lo alega.
Mientras tanto, la cobranza tiene límites
La Ley 2300 de 2023 regula cómo pueden contactarte para gestión de cobro. Fija franjas horarias, limita la frecuencia del contacto y prohíbe acudir a tus referencias personales. La guía sobre acoso de cobranza en Colombia muestra los límites exactos, qué pruebas guardar y cómo elegir entre la ruta de la SFC y la de la SIC.
Vale la pena separar dos cosas que suelen mezclarse. Una llamada de cobranza, por insistente que sea, no es un proceso judicial, y la mención de abogados o de un embargo inminente en una llamada no equivale a que exista una demanda. Si la deuda está prescrita, esa prescripción se hace valer ante el juez cuando el cobro llega a esa instancia, no discutiéndola por teléfono. Y si la gestión de cobranza se sale de los límites de la Ley 2300, la conducta es reclamable ante la autoridad competente con independencia de que la deuda exista y sea exigible.
Qué hacer si te llega una demanda
- Anota la fecha de notificación. Los términos para contestar corren desde ahí y son cortos.
- Busca en el expediente la fecha de vencimiento del título y la de la última actuación del acreedor. Son las dos fechas de las que depende el cálculo del plazo.
- Consulta a un abogado antes de abonar o de firmar cualquier acuerdo, porque ambos actos pueden interrumpir la prescripción y reiniciar el conteo.
- Alega la prescripción como excepción dentro del proceso. Fuera de él, el plazo cumplido no produce efectos por sí solo.
Dos relojes distintos, lado a lado
La confusión casi siempre viene de suponer que ambos empiezan a contar el mismo día y ante la misma autoridad. No es así.
| Prescripción de la deuda | Caducidad del dato negativo | |
|---|---|---|
| Qué extingue | La posibilidad de exigir el cobro ante un juez | La permanencia del registro en la central de riesgo |
| Desde cuándo cuenta | Desde que la obligación se hizo exigible | Desde que la obligación entró en mora |
| Plazo | 3 años título valor, 5 ejecutiva, 10 ordinaria | 8 años desde la mora, o el doble de la mora con tope de 4 años desde el pago |
| Norma | Código Civil art. 2536 y Código de Comercio art. 789 | Ley 1266 de 2008, modificada por la Ley 2157 de 2021 |
| Ante quién se hace valer | Un juez, dentro del proceso de cobro | La central o la fuente, y en segunda instancia la SIC |
| ¿Opera sola? | No. Hay que alegarla | Sí, cumplido el plazo el dato debe eliminarse |
Desliza la tabla para ver todas las columnas.
Antes de solicitar cualquier crédito
- Un crédito no resuelve un problema de ingreso. Si ya tienes cuotas en mora, sumar otra obligación suele empeorar la situación.
- Verifica que la entidad aparezca en el registro de vigiladas de la SFC, o entiende que no lo está y que eso cambia tus vías de reclamo.
- Nadie legítimo cobra por adelantado para desembolsar un crédito. Si te piden un anticipo antes del desembolso, es una estafa.
- Si estás sobreendeudado, existe la insolvencia de persona natural no comerciante como vía legal ante un centro de conciliación.
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Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los plazos de prescripción en Colombia?
Según el artículo 2536 del Código Civil, la acción ejecutiva prescribe en cinco años y la ordinaria en diez. La acción ejecutiva que no se ejerce se convierte en ordinaria y dura otros cinco. Para títulos valores como el pagaré y la letra de cambio, el artículo 789 del Código de Comercio fija tres años contados desde el vencimiento.
¿Prescripción y caducidad del dato son lo mismo?
No, y se rigen por normas distintas. La prescripción afecta la exigibilidad judicial del cobro y se cuenta desde que la obligación se hizo exigible. La caducidad del dato negativo afecta el registro en la central, se cuenta desde que la obligación entró en mora y opera a los ocho años según la Ley 1266 modificada por la Ley 2157 de 2021. Son relojes separados, con puntos de partida distintos.
Si la deuda prescribió, ¿desaparece de DataCrédito?
No de forma automática. Son reglas distintas. La permanencia del dato negativo se rige por la Ley 1266 modificada por la Ley 2157 de 2021. La prescripción afecta la exigibilidad judicial del cobro, no el registro en la central, así que puedes tener una obligación ya no exigible en juicio y todavía visible en tu historial.
¿La prescripción se declara sola?
No. Es una excepción que debe alegarse, en general ante un juez y dentro del proceso de cobro. Si nadie la alega, el juez no la declara de oficio. Por eso ignorar una demanda de cobro es riesgoso: el plazo puede haberse cumplido y aun así prosperar el proceso.
¿Qué interrumpe el plazo de prescripción?
Principalmente la notificación de la demanda y el reconocimiento expreso o tácito de la deuda por parte del deudor. Un abono, una firma de acuerdo de pago o una aceptación escrita pueden reiniciar el conteo. Por eso conviene asesorarse antes de negociar una obligación antigua.
Me llaman todos los días de una casa de cobranza. ¿Eso es legal?
Tiene límites. La Ley 2300 de 2023 regula los horarios y la frecuencia con que pueden contactarte para gestionar el cobro de una deuda, y te permite fijar un canal y un horario de contacto. Una llamada de cobranza no es un proceso judicial: si la deuda está prescrita, esa prescripción solo se hace valer ante un juez, no discutiéndola por teléfono con quien te llama.
Fuentes
- Artículo 2536 del Código Civil
- Artículo 789 del Código de Comercio
- Ley 1266 de 2008, habeas data financiero
- Ley 2157 de 2021, borrón y cuenta nueva
- Ley 2300 de 2023, gestión de cobranza
Contenido revisado el 25 de julio de 2026. Si encuentras un dato desactualizado o incorrecto, escríbenos y lo corregimos citando la fuente.