Qué hacer si sacaron un crédito a tu nombre en Colombia
10 días
Para que la entidad coteje tus documentos con los del crédito; rige hoy (Ley 2157)
15 + 8 días hábiles
Si no responden en ese plazo, tu solicitud se entiende aceptada
19 de noviembre de 2026
Entra en vigor la mayor parte de la Ley 2573: suspensión del cobro y leyenda que no baja el puntaje
Respuesta corta
Si aparece una deuda que no solicitaste, presenta hoy una petición de corrección ante la entidad que te cobra, con tus soportes. Desde 2021 la Ley 2157 le da diez días para cotejar los documentos y la obliga a corregir el reporte con la leyenda «Víctima de Falsedad Personal»; si no responde en 15 días hábiles, tu solicitud se entiende aceptada. La Ley 2573 suma, desde el 19 de noviembre de 2026, la suspensión inmediata del cobro.
Lo esencial
- Hoy ya rige la ruta de la Ley 2157: petición de corrección ante la fuente, cotejo en diez días, leyenda «Víctima de Falsedad Personal» y silencio que cuenta como aceptación a los 15 días hábiles.
- La mayor parte de la Ley 2573 entra en vigor el 19 de noviembre de 2026: suspensión inmediata del cobro, denuncia en 20 días hábiles y una leyenda que no puede bajarte el puntaje. Antes de esa fecha, esos efectos no son automáticos.
- Reclama por separado ante la fuente que abrió la obligación y cada operador donde aparece. Si ya denunciaste falsedad personal, solicita la marca de víctima prevista en el parágrafo 2 del artículo 5.
La ley cubre obligaciones abiertas mediante suplantación ante entidades financieras o de crédito, operadores de telecomunicaciones y establecimientos comerciales. No necesitas esperar a que una casa de cobranza te demande para iniciar el reclamo.
La entidad debe revisar los documentos usados para contratar y, cuando encuentre evidencia de suplantación, pedir la corrección del reporte. La persona afectada también tiene deberes, entre ellos informar el caso, aportar evidencia inicial y presentar la denuncia penal dentro del plazo legal cuando corresponda.
Crédito para Reportados ordena los pasos y los plazos. Esta página no reemplaza asesoría jurídica para un proceso judicial ni permite concluir por sí sola que hubo suplantación.
Esta guía forma parte de nuestro panorama de créditos para reportados en Colombia.
Qué hacer hoy: la ruta de la Ley 2157 ya está vigente
No tienes que esperar a la Ley 2573. Desde 2021, la Ley 2157 agregó al artículo 16 de la Ley 1266 una ruta para víctimas de suplantación que ya puedes usar:
- Presenta una petición de corrección ante la entidad que te cobra. Di que eres víctima de falsedad personal y adjunta tus soportes, por ejemplo copia de tu cédula y la denuncia si ya la pusiste.
- La entidad tiene diez días para cotejar los documentos con los que se abrió el crédito contra los que tú le entregas. La ley dice que tus documentos valen como prueba sumaria de la falsedad.
- Con tu solicitud, la entidad debe corregir el reporte. El dato negativo y el puntaje tienen que reflejar que tú no adquiriste la obligación, y en tu registro debe aparecer la leyenda «Víctima de Falsedad Personal».
- Si no te responden en 15 días hábiles (u 8 más, si te avisan la prórroga), la solicitud se entiende aceptada. Si aun así no corrigen, puedes pedir sanciones a la Superintendencia de Industria y Comercio o a la Superintendencia Financiera, según quién te reportó.
Guarda el radicado con fecha, porque desde ahí corren los plazos. Lo que todavía no rige es lo que agrega la Ley 2573, que viene a continuación.
Qué cambia el 19 de noviembre de 2026 con la Ley 2573
La Ley 2573 se promulgó el 19 de mayo de 2026 y la mayor parte entra en vigor el 19 de noviembre, seis meses después; los parágrafos 1 y 2 del artículo 5 rigen desde la promulgación. Desde noviembre, los diez días para corregir el dato pasan a contarse en días hábiles desde que informas a la entidad, la leyenda «Víctima de Falsedad Personal» no podrá tratarse como reporte negativo ni bajarte la calificación, y el silencio de la entidad se entiende como respuesta favorable.
Consulta el texto oficial de la Ley 2573; los análisis de Brigard Urrutia y Cavelier Abogados detallan el calendario y las obligaciones previstas.
El Boletín Jurídico 123 de la Superintendencia Financiera es un concepto general para entidades vigiladas por esa autoridad, no una decisión sobre tu caso. Cuando la ruta especial esté vigente, el artículo 8 ordena suspender de inmediato el cobro (incluidos intereses y gastos) desde que informas a la entidad; no tienes que denunciar primero. El plazo de veinte días hábiles para denunciar ante la Fiscalía y entregar soportes corre desde el día en que avisaste a la entidad. La entidad también debe presentar la denuncia dentro de ese término, por el mismo boletín y el condicionamiento de la Corte. Si su verificación encuentra elementos de suplantación, quedas liberado de tu deber personal de denunciar y de esa obligación; la entidad no puede decidir por sí sola que no hubo suplantación, pues esa determinación corresponde a la autoridad judicial.
Qué hacer si encuentras una deuda que no solicitaste
- Verifica dónde aparece. Descarga tus reportes de DataCrédito Experian, TransUnion Colombia y Procrédito. Guarda el archivo completo y la fecha de consulta.
- Reclama ante la entidad que abrió la obligación. Indica que desconoces la contratación. Pide copia de la solicitud y el contrato, qué pasos de autenticación usaron y los soportes que conservaron. Solicita que preserven esos registros y te expliquen qué evidencia revisaron; no des por hecho que todos los canales guardan firma, grabación o IP.
- Solicita que detengan el cobro. Identifica la obligación y pide por escrito que paren la gestión mientras verifican. La suspensión inmediata del artículo 8 de la Ley 2573 opera cuando esa ruta entre en vigor; antes de esa fecha, formula la solicitud sin asumir que ya aplica ese efecto automático.
- Reclama ante cada operador donde aparezca. Adjunta el radicado ante la fuente y pide que el dato quede marcado como reclamo en trámite. Si ya presentaste denuncia por falsedad personal o un delito conexo, pide también la marca «víctima de falsedad personal» prevista en el parágrafo 2 del artículo 5 de la Ley 2573, vigente desde su promulgación.
- Presenta la denuncia penal cuando corresponda. Bajo la ruta especial, el plazo es de veinte días hábiles desde que informaste a la entidad. Entrega los soportes y la constancia a la fuente, guarda copia y pide el radicado de recepción.
- Escala el caso si no se corrige. La autoridad depende de quién reportó y de cuál superintendencia lo vigila: la Superintendencia de Industria y Comercio atiende los asuntos de habeas data de entidades que no están vigiladas por otra superintendencia; si el acreedor es vigilado por la Superintendencia Financiera, usa también su canal de quejas o el Defensor del Consumidor Financiero. Adjunta el reclamo y la respuesta.
Plazos y efectos de la ruta por suplantación
Estos son los pasos centrales, con lo que rige hoy y lo que agrega la Ley 2573 desde el 19 de noviembre de 2026. El plazo de denuncia de esa ley empieza el día que informas a la entidad, no el día en que recibes una llamada de cobranza.
| Paso | Plazo o efecto | Qué debes guardar |
|---|---|---|
| Reclamo ante la entidad | Tan pronto conozcas la obligación | Texto enviado, anexos y número de radicado |
| Comparación de documentos | Diez días desde tu solicitud (Ley 2157, vigente); diez días hábiles con la Ley 2573 | Contrato, solicitud y soportes usados para identificarte |
| Denuncia penal | Veinte días hábiles desde que informas a la entidad, cuando resulte exigible | Constancia de la Fiscalía y fecha de entrega a la entidad |
| Reporte en discusión | Debe indicar que existe un reclamo mientras se resuelve | Reporte descargado antes y después del reclamo |
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Qué debe revisar la entidad
Pide que contrasten la solicitud, el contrato y los soportes de autenticación usados al abrir el producto con la información que aportas; una respuesta que solo diga «la firma coincide» no explica esa revisión. El cotejo y la corrección con la leyenda de víctima ya rigen por la Ley 2157; la protección expresa de la calificación de riesgo llega con la Ley 2573 el 19 de noviembre de 2026.
Si la entidad encuentra elementos que evidencian la suplantación, la Ley 2573 prevé que te exonere sin esperar a que una investigación identifique al responsable y te libera de presentar tu propia denuncia. Si no los encuentra, no puede declarar por sí sola que nunca hubo suplantación: esa decisión corresponde a la autoridad judicial. El reclamo tampoco equivale, por sí solo, a una decisión judicial sobre la obligación.
¿Qué pruebas sirven para demostrar que no fuiste tú?
Tus documentos valen como prueba sumaria de la falsedad (numeral 7 del artículo 16 de la Ley 1266, que agregó la Ley 2157 de 2021), así que elígelos con cuidado. Empieza por pedir copia de la solicitud con la que abrieron el crédito. Ahí suelen aparecer datos que puedes desmentir con un papel: una ciudad donde nunca has vivido, un empleador que no conoces, un ingreso que no tienes o una firma distinta a la tuya.
| Lo que aparece en la solicitud | Documento que lo desmiente |
|---|---|
| Una dirección o ciudad donde no vives | Certificado de residencia o un recibo de servicios públicos a tu nombre de esa fecha |
| Un empleador o un cargo que no reconoces | Certificado laboral del lugar donde trabajabas en esa fecha |
| Una firma o una visita en un lugar donde no estabas | Certificado laboral, constancia de viaje o cualquier registro con fecha que te ubique en otro sitio |
| Tu cédula usada después de perderla | Denuncia por pérdida del documento y comprobante del trámite de duplicado ante la Registraduría |
| Un teléfono o un correo que no es tuyo | Factura o certificado de tu operador con las líneas activas a tu nombre |
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Envía copias, nunca originales, y escribe en el reclamo qué dato desmiente cada anexo. Una lista ordenada le facilita el cotejo a la entidad y te deja una prueba clara si después tienes que escalar el caso ante la superintendencia.
¿La suplantación de identidad es delito en Colombia?
Sí. El Código Penal castiga la falsedad personal, que es suplantar a otra persona o usar su nombre para obtener un provecho o causar un daño. Cuando el suplantador usa tus datos para sacar un crédito, la conducta casi siempre encaja además en delitos más graves, como la violación de datos personales o la estafa. Tú no tienes que escoger el artículo: describe los hechos en la denuncia y la Fiscalía los califica.
| Artículo | Qué castiga | Pena |
|---|---|---|
| 296, falsedad personal | Suplantar a una persona o atribuirse su nombre, edad, estado civil o calidad con efectos jurídicos, para obtener provecho o causar daño | Multa, si la conducta no constituye otro delito. La Ley 2502 de 2025 la aumenta hasta en una tercera parte cuando se usa inteligencia artificial |
| 269F, violación de datos personales | Obtener, comprar, vender, usar o divulgar datos personales de bases de datos sin estar facultado, con provecho propio o ajeno | Prisión de 48 a 96 meses y multa de 100 a 1.000 salarios mínimos |
| 269G, suplantación de sitios web | Crear o enviar páginas, enlaces o ventanas falsas para capturar datos personales | Prisión de 48 a 96 meses y multa de 100 a 1.000 salarios mínimos |
| 246, estafa | Obtener un provecho ilícito engañando a otro, por ejemplo a la entidad que desembolsó el crédito | Prisión de 32 a 144 meses y multa de 66,66 a 1.500 salarios mínimos |
| 289, falsedad en documento privado | Falsificar y usar un documento privado que pueda servir de prueba, como una solicitud o un pagaré firmados a tu nombre | Prisión de 16 a 108 meses |
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Las penas de los delitos informáticos que agregó la Ley 1273 de 2009, entre ellos los de los artículos 269F y 269G, suben de la mitad a las tres cuartas partes cuando la conducta recae sobre sistemas del sector financiero o el autor obtiene un provecho para sí o para otro (artículo 269H). Presenta la denuncia ante la Fiscalía General de la Nación con estos elementos:
- Tus datos, tu cédula y una dirección o correo para notificaciones.
- La entidad, el número de la obligación y la fecha en que apareció a tu nombre.
- Cómo te enteraste: el reporte en la central, una llamada de cobro o una carta.
- Los datos de la solicitud que no son tuyos y el documento que desmiente cada uno.
- La denuncia por pérdida o robo de la cédula, si la hubo, y el radicado del reclamo ante la entidad.
Guarda el número de la denuncia: lo pide la entidad para la marca de víctima y te sirve en el reclamo de la central. Si la deuda falsa ya terminó en un proceso y te congelaron la cuenta, lleva esa denuncia al juzgado y revisa qué hacer ante un embargo de cuenta bancaria, porque los plazos para defenderte corren aparte.
Modelo breve de reclamo por una deuda que no reconoces
Desconozco la contratación de la obligación [número o referencia], que aparece a mi nombre desde [fecha]. Solicito revisar la posible suplantación, preservar los soportes de originación y autenticación, entregarme copia de la solicitud y del contrato, e informarme qué evidencia verificaron. Pido que el dato quede marcado como reclamo en trámite en los operadores y que me respondan por escrito. [Si aplica: ya presenté denuncia ante Fiscalía, radicado ___; solicito incorporar la marca de víctima de falsedad personal.] Adjunto [documentos].
Añade los hechos que puedas comprobar. Deja por fuera claves, códigos de acceso y cualquier dato bancario que la entidad no necesite para identificar el caso.
Cómo reclamar el reporte en la central de riesgo
Presenta el reclamo en cada central donde figure la obligación. Adjunta el documento que acredita el reclamo ante la fuente y pide la marca de trámite; el procedimiento lo regula la Ley 1266 de 2008. Si todavía no tienes el reporte a la mano, empieza por cómo averiguar si estás reportado con la cédula. La central solo administra la información. Demostrar cómo se verificó la contratación, y pedir la corrección cuando corresponda, le toca a la entidad que originó la obligación. Si ya tienes denuncia por falsedad personal o un delito conexo, solicita además la marca «víctima de falsedad personal» del parágrafo 2 del artículo 5 de la Ley 2573; ese parágrafo rige desde la promulgación de la ley.
Vuelve a consultar el reporte cuando te respondan. Si la corrección aún no aparece en la central, pide que confirmen cuándo enviaron la novedad y conserva la respuesta.
Cómo enterarte si alguien vuelve a sacar un crédito a tu nombre
Activa el aviso de obligaciones nuevas en cada central. Los operadores de información deben ofrecer un aplicativo digital y gratuito donde registras tu correo y recibes un mensaje cada vez que una entidad reporta una obligación nueva a tu nombre, dentro de los cinco días hábiles siguientes al reporte (artículo 10 de la Ley 2157 de 2021). Para activarlo, valida tu identidad en el portal de cada central.
Revisa también las huellas de consulta de tu historia. Una consulta de una entidad a la que nunca le pediste nada es una señal temprana de que alguien usa tus datos, y esa entidad debe poder decirte qué solicitud la originó. Las consultas no bajan tu puntaje (DataCrédito Experian), así que revisa tu historia cada vez que quieras. Si perdiste la cédula o te la robaron, denuncia la pérdida y guarda la constancia: es la prueba que vas a necesitar si aparece un crédito después.
Qué hacer si te siguen cobrando mientras responden el reclamo
La casa de cobranza puede registrar tu objeción, pero pide que la entidad acreedora responda por escrito. Si las llamadas continúan de forma irregular, guarda el historial y revisa la guía de acoso de cobranza en Colombia. Si recibes una notificación de un juzgado, responde dentro del proceso; un reclamo administrativo no suspende automáticamente un término judicial. Para plazos de exigibilidad y qué actos reinician el conteo, ve cuándo prescribe una deuda en Colombia, y para los plazos del dato negativo en sí, cuánto dura un reporte en DataCrédito. Mientras la central de riesgo resuelve el reclamo el dato sigue visible, y qué crédito puedes pedir estando reportado explica qué entidades vigiladas evalúan una solicitud sin depender solo del puntaje.
Preguntas frecuentes
¿Qué hago primero si sacaron un crédito a mi nombre?
Reclama por escrito ante la entidad que originó la obligación: di que no reconoces la contratación, pide preservar y entregar la solicitud, el contrato y los soportes de autenticación, y conserva el radicado. Reclama también ante cada operador donde aparezca el dato y pide que lo marquen en discusión. La suspensión automática de la Ley 2573 empieza con la ruta general el 19 de noviembre de 2026; antes, solicítala sin asumir que ya rige.
¿Debo seguir pagando mientras investigan la suplantación?
Hasta el 19 de noviembre de 2026, la suspensión automática especial aún no rige: reclama con las reglas generales de habeas data y solicita que detengan el cobro por escrito. Cuando entre en vigor la ruta general de la Ley 2573, la entidad deberá suspender de inmediato el cobro discutido desde que le informes; no exige una denuncia penal previa. No dejes de pagar otras obligaciones legítimas ni ignores una notificación judicial.
¿Cuánto tiempo tiene la entidad para revisar los documentos?
Hoy, diez días desde que recibe tu petición: lo dice el numeral 7 del artículo 16 de la Ley 1266, que agregó la Ley 2157 de 2021. Desde el 19 de noviembre de 2026, con la Ley 2573, serán diez días hábiles desde que la informas. En ambos casos debe corregir el dato con la leyenda «Víctima de Falsedad Personal», y si no responde el reclamo en 15 días hábiles (más 8 de prórroga), se entiende aceptado.
¿Tengo que denunciar ante la Fiscalía?
Bajo la ruta especial, el plazo es de veinte días hábiles desde el día en que informas a la entidad, no desde una llamada de cobranza. La entidad también debe presentar su denuncia dentro del término. Si encuentra elementos de suplantación, quedas liberado de tu deber personal; esta regla general entra en vigor el 19 de noviembre de 2026.
¿La deuda desaparece apenas presento el reclamo?
No. El reclamo de habeas data no prueba por sí solo la suplantación ni produce antes del 19 de noviembre de 2026 la suspensión automática especial. Desde esa fecha, informar a la entidad activa esa suspensión mientras se verifica. La entidad puede exonerarte si encuentra elementos de suplantación, pero no puede declarar por sí sola que no ocurrió; esa determinación corresponde a la autoridad judicial.
¿Qué pruebas sirven para demostrar una suplantación?
Pide copia de la solicitud con la que abrieron el crédito y desmiente sus datos con documentos: certificado de residencia o recibos de servicios si la dirección no es la tuya, certificado laboral si el empleador es falso, y la denuncia por pérdida de la cédula con el comprobante del duplicado si la perdiste. Tus documentos valen como prueba sumaria de la falsedad (artículo 16 de la Ley 1266, numeral 7).
¿Cómo me entero si alguien saca un crédito a mi nombre?
Registra tu correo en el aviso gratuito de obligaciones nuevas de cada central. La central debe avisarte dentro de los cinco días hábiles siguientes a que una entidad reporte una obligación nueva (artículo 10 de la Ley 2157 de 2021). Revisa también las huellas de consulta: una consulta que no reconoces es una señal temprana.
¿La suplantación de identidad es delito en Colombia?
Sí. El artículo 296 del Código Penal castiga la falsedad personal con multa, que aumenta hasta en una tercera parte si se usa inteligencia artificial (Ley 2502 de 2025). Cuando la suplantación sirve para sacar créditos, suele encajar además en la violación de datos personales (artículo 269F, 48 a 96 meses de prisión) o la estafa (artículo 246, 32 a 144 meses).
¿Qué debe llevar una denuncia por suplantación de identidad?
Tus datos y un medio de notificación, la entidad y el número de la obligación, la fecha en que apareció, cómo te enteraste, los datos de la solicitud que no son tuyos con el documento que desmiente cada uno, y el radicado del reclamo ante la entidad. Preséntala ante la Fiscalía General de la Nación y guarda el número.
¿Cuándo entra en vigor la Ley 2573 de 2026?
La Ley 2573 fue promulgada el 19 de mayo de 2026. Su ruta general entra en vigor el 19 de noviembre de 2026; los parágrafos 1 y 2 del artículo 5 rigen desde la promulgación. Consulta el texto oficial y el protocolo vigente cuando presentes tu reclamo.
Fuentes
- Ley 2157 de 2021, artículos 7 (suplantación y silencio) y 10 (alertas de obligaciones nuevas), Secretaría del Senado
- ¿Cómo funciona el puntaje de DataCrédito?, DataCrédito Experian
- Ley 2573 de 2026, texto oficial
- Boletín Jurídico 123, concepto sobre suplantación, Superintendencia Financiera
- Ley 2573 de 2026, análisis de Brigard Urrutia
- Medidas contra la suplantación, Cavelier Abogados
- Ley 1266 de 2008, habeas data financiero
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Quejas contra entidades vigiladas, Superintendencia Financiera de Colombia
- Código Penal, artículo 296 (falsedad personal, modificado por la Ley 2502 de 2025), Secretaría del Senado
- Código Penal, artículos 269F a 269H (Ley 1273 de 2009), Secretaría del Senado
- Código Penal, artículo 246 (estafa), Secretaría del Senado
- Código Penal, artículo 289 (falsedad en documento privado), Secretaría del Senado
- Dónde y cómo denunciar, Fiscalía General de la Nación
Revisado el 26 de octubre de 2026. ¿Ves un dato viejo o equivocado? Escríbenos y lo corregimos citando la fuente.