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Tasa de usura en Colombia

Tasa de usura vigente, crédito de consumo y ordinario

29,24 % efectivo anual

Vigencia: septiembre de 2026. Certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Cómo sale esa cifra

Interés bancario corriente 19,49 % × 1,5 = 29,24 %

Resolución 1260 de 2026 · Certificación oficial · Serie histórica

Interés bancario corriente y tasa de usura de consumo, a la misma escala El interés bancario corriente de consumo y ordinario es 19,49 % efectivo anual. La tasa de usura de esa modalidad es 29,24 %, igual a 1,5 veces esa cifra. Vigente para septiembre de 2026. Fuente: Superintendencia Financiera de Colombia, Resolución 1260 de 2026. Interés bancario corriente 19,49 % EA Tasa de usura (consumo) 29,24 % EA usura = 1,5 × interés bancario corriente · septiembre de 2026
Resolución 1260 de 2026. La multiplicación es la regla legal, no un redondeo nuestro: 19,49 % × 1,5 = 29,24 %.

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La tasa de usura es el interés remuneratorio máximo que se puede cobrar legalmente en Colombia. No la fija cada entidad: la Superintendencia Financiera de Colombia certifica el interés bancario corriente, y la usura es esa cifra multiplicada por 1,5. Para comprobar si te están cobrando de más, identifica primero la modalidad de tu crédito y compárala con el tope de esa modalidad: hay siete topes vigentes al mismo tiempo, y el de consumo y ordinario no es el único.

Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, que es la que aplica a la mayoría de créditos de libre inversión, tarjetas y préstamos personales, esa certificación se expide cada mes.

No hay una sola tasa de usura: hay siete topes vigentes al mismo tiempo, uno por modalidad de crédito. Confundirlos es lo que lleva a pensar que una app que cobra 55 % efectivo anual está cobrando de más, cuando puede estar dentro de su propio tope.

Cobrar por encima del límite que corresponda configura el delito de usura del artículo 305 del Código Penal, y además hace perder los intereses cobrados en exceso.

El tope aplica a cualquiera que cobre intereses, esté vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia o no. Eso incluye casas de empeño, plataformas digitales y prestamistas informales.

Las siete tasas de usura vigentes, por modalidad

La Superintendencia Financiera de Colombia certifica un interés bancario corriente por cada modalidad de crédito, y cada uno genera su propio tope al multiplicarse por 1,5. Un préstamo de una app que cobra 55 % efectivo anual está por encima del tope de consumo y por debajo del de bajo monto, así que lo primero que hay que establecer es bajo qué modalidad se otorgó. Todas vigentes del 1 al 31 de septiembre de 2026.

Tasa de usura certificada por modalidad de crédito y tipo de operación a la que aplica
Modalidad Tope vigente A qué se aplica
Consumo y ordinario 29,24 % Tarjetas de crédito, libre inversión y préstamos personales. Es la que aplica a la mayoría de los lectores de esta página.
Consumo de bajo monto 66,87 % Créditos de hasta 6 salarios mínimos, el segmento de las apps de préstamo inmediato.
Productivo rural 32,64 % Crédito productivo para actividad agropecuaria.
Productivo de mayor monto 41,88 % Crédito productivo por encima del umbral de monto fijado por la norma.
Productivo urbano 57,92 % Crédito productivo para microempresa urbana.
Popular productivo rural 67,20 % Crédito popular productivo en zona rural.
Popular productivo urbano 88,13 % Crédito popular productivo urbano. Es el techo legal más alto que existe en Colombia.

Desliza la tabla en pantallas pequeñas para ver todas las columnas. Cada cifra cumple la identidad usura = 1,5 × interés bancario corriente de su modalidad.

Tasa de usura certificada por modalidad de crédito Gráfico de barras de las tasas de usura certificadas por modalidad, de menor a mayor: Consumo y ordinario, 29,24 % efectivo anual; Productivo rural, 32,64 % efectivo anual; Productivo de mayor monto, 41,88 % efectivo anual; Productivo urbano, 57,92 % efectivo anual; Consumo de bajo monto, 66,87 % efectivo anual; Popular productivo rural, 67,20 % efectivo anual; Popular productivo urbano, 88,13 % efectivo anual. La diferencia entre el techo más bajo y el más alto es de 58,89 % efectivo anual. Fuente: certificación de la Superintendencia Financiera de Colombia vigente para septiembre de 2026. 0 % 20 % 40 % 60 % 80 % Consumo y ordinario 29,24 % Productivo rural 32,64 % Productivo de mayor monto 41,88 % Productivo urbano 57,92 % Consumo de bajo monto 66,87 % Popular productivo rural 67,20 % Popular productivo urbano 88,13 % Tasa efectiva anual, certificada para septiembre de 2026
La modalidad no la eliges tú: la fija el tipo de crédito que te otorgan, y con ella el máximo legal que pueden cobrarte. Por eso la primera pregunta ante una oferta cara no es si la tasa parece alta, sino bajo qué modalidad te están prestando y cuál es el tope de esa modalidad. Cifras certificadas por la Superintendencia Financiera de Colombia y vigentes para septiembre de 2026; se recertifican cada mes.

Cuánto cuesta un crédito de un millón al tope vigente

El gráfico de abajo toma un millón de pesos a doce meses, al tope de consumo y ordinario certificado para este periodo, y lo parte entre capital e intereses. Las cifras se recalculan con la misma certificación que mueve la tabla de arriba, así que no se quedan pegadas a un mes que ya venció.

  • $95.494

    Cuota mensual, 12 meses

  • $145.931

    Intereses en el plazo

  • $1.145.931

    Total pagado

Capital e intereses de un crédito de $1.000.000 al tope de consumo y ordinario Un préstamo de $1.000.000 a 12 meses, al tope de consumo y ordinario (29,24 % efectivo anual) vigente para septiembre de 2026. Cada cuota es $95.494. El total pagado es $1.145.931, de los cuales $145.931 son intereses y $1.000.000 son el capital. Fuente: Superintendencia Financiera de Colombia. Capital $1.000.000 Intereses $145.931 Capital prestado Intereses al tope legal
$1.000.000 a 12 meses al tope de 29,24 % EA certificado para septiembre de 2026 (consumo y ordinario). Sin comisiones, seguros ni mora. El gráfico está a escala: la franja corta es el interés, no un recargo dibujado a ojo.

Ese cálculo asume que el desembolso es completo, que no hay atrasos, y que no se suma ninguna comisión, seguro u otro cobro aparte del interés. Compararlo con la oferta real de una entidad no funciona igual de bien: ahí entran plazos, cargos y condiciones que cambian el resultado aunque la tasa efectiva anual anunciada sea la misma que la del ejemplo.

Qué cobros cubre el límite de la tasa de usura

El interés remuneratorio, el precio del dinero prestado, es lo que el tope limita directamente. El interés de mora, la sanción por pagar tarde, se rige por otra regla, pero tampoco puede superar el límite legal. Y hay un tercer frente: cuota de administración, estudio, seguro obligatorio, gestión. Son nombres distintos para lo mismo cuando en la práctica encarecen el crédito, así que una entidad no saca un cobro del cálculo con solo cambiarle la etiqueta. Súmalos todos antes de comparar contra el tope.

Qué modalidades de crédito certifica la Superintendencia Financiera de Colombia

Consumo y ordinario, la que certifica cada mes el regulador, cubre la mayoría de tarjetas, libre inversión y préstamos personales. Consumo de bajo monto es otra: créditos de hasta seis salarios mínimos, el terreno de las apps de préstamo inmediato, con un tope que más que duplica el de consumo porque originar montos pequeños cuesta proporcionalmente más. Hasta enero de 2026 esa modalidad se certificaba con una periodicidad más larga que la mensual; si estás leyendo una guía escrita antes de esa fecha, describe un régimen que ya no rige. Las modalidades productivas y populares, orientadas a actividad económica, llegan a topes bastante más altos que las dos anteriores.

Comparar tu cobro contra la cifra que sale en los titulares no prueba nada: primero hay que saber bajo qué modalidad te prestaron (eso consta en el contrato) y comparar contra el tope de esa modalidad, no contra otra.

Cómo afecta la tasa de usura al interés de mora tributario

Pocos lo asocian con esta página, pero el artículo 635 del Estatuto Tributario ata el interés moratorio de las obligaciones tributarias a la tasa de usura de consumo, restándole dos puntos porcentuales. Cada vez que el regulador mueve ese tope, cambia también lo que la DIAN cobra por un pago tardío. Si estás liquidando intereses de mora sobre una obligación tributaria, arranca el cálculo aquí.

Cómo comprobar si te cobraron por encima de la tasa de usura

  1. Busca en el contrato la modalidad del crédito y la tasa en términos efectivos anuales. Si el contrato solo trae una tasa mensual, no la multipliques por doce para convertirla: esa cuenta no da la efectiva anual, hay que usar la fórmula de conversión.
  2. Suma todos los cobros obligatorios del crédito, no solo el interés que aparece como tal.
  3. Ese total va contra el tope de la modalidad correcta en la tabla de arriba, no contra la cifra de consumo, que es la que la mayoría asume por defecto.
  4. Si el resultado excede el tope, guarda contrato y comprobantes de pago antes de reclamar: son la prueba que vas a necesitar.

¿Evaluando un préstamo nuevo? Cruza esta cifra con préstamos para reportados, bancos que prestan a reportados o tarjeta de crédito para reportados. Si en cambio el problema es una deuda vieja y el cobro, no el interés, la guía es cuándo prescribe una deuda. Y si la salida es un préstamo prendario, primero conviene entender cómo funciona una casa de empeño. El tope no cambia por estar reportado: la Superintendencia Financiera de Colombia certifica el mismo límite para cualquier persona bajo la misma modalidad, y la guía de créditos para reportados cruza cada ruta con la cifra vigente.

El debate sobre eliminar el tope de usura en Colombia

En Colombia se discute si este límite debería existir. El argumento para eliminarlo o relajarlo: si el tope queda por debajo del riesgo real de un perfil, la banca formal simplemente no le presta, y esa persona termina en el crédito informal, sin tope de ningún tipo. Del otro lado está el argumento de que, sin límite, ese mismo perfil termina pagando tasas que ninguna capacidad de pago aguanta. El debate sigue abierto; la regla de tu contrato hoy no: cobrar por encima del tope es delito mientras el límite exista.

Cómo se verifica la cifra de esta página

Cada mes revisamos a mano la cifra de consumo y ordinario, y la tabla completa por modalidad, contra la certificación oficial de la Superintendencia Financiera de Colombia. Publicamos el periodo de vigencia junto a cada cifra para que puedas comprobar si corresponde al mes que necesitas, y antes de usarla en un cálculo o un reclamo, confirma la certificación en la fuente enlazada arriba.

Más rutas para comparar

Otros comparadores disponibles

Si la primera opción no encaja contigo, revisa otra plataforma antes de aceptar una oferta. Este sitio no garantiza respuesta ni aprobación.

  1. Crezu

    Comparador que envía una sola solicitud a varias entidades aliadas y te muestra cuáles responden.

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  2. Creditnice

    Comparador que reenvía tu solicitud a prestamistas aliados. El operador está en Ucrania.

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  3. Zaimoo

    Agregador de solicitudes de crédito en línea.

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  6. Finteres

    Comparador de crédito operado por Fininity Ltd, la misma empresa estonia que opera Crezu.

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Los enlaces son patrocinados y abren comparadores externos. Revisa quién será el acreedor, la tasa, el plazo y el costo total antes de aceptar.

También te preguntan

¿Cómo se calcula la tasa de usura?

Multiplicando por 1,5 el interés bancario corriente que certifica la Superintendencia Financiera de Colombia para cada modalidad. Para consumo y ordinario en septiembre de 2026, ese interés es 19,49 % efectivo anual, lo que da una usura de 29,24 % efectivo anual: una cuenta, no una decisión de alguien.

¿Cuántas tasas de usura hay?

Siete: consumo y ordinario, consumo de bajo monto, productivo rural, productivo urbano, productivo de mayor monto, popular productivo rural y popular productivo urbano. Cada modalidad certifica su propio interés bancario corriente, así que cada una tiene su propio tope, y el que te aplica a ti lo determina la modalidad del crédito, no quién te lo prestó.

¿Cada cuánto cambia?

Para crédito de consumo y ordinario la certificación es mensual y rige durante el mes calendario. La modalidad de consumo de bajo monto pasó a certificarse también de forma mensual a partir de enero de 2026; antes se certificaba con una periodicidad más larga. Por eso una cifra copiada de un artículo del año pasado casi siempre está desactualizada.

¿Qué hago si me cobran por encima del tope?

Reúne el contrato, los comprobantes de pago y el cálculo de la tasa efectiva. Si la entidad es vigilada, presenta la queja ante ella y luego ante la Superintendencia Financiera de Colombia. Si no lo es, la vía es la Superintendencia de Industria y Comercio y, por el delito de usura, la Fiscalía. Además, la ley prevé la pérdida de los intereses cobrados en exceso.

¿La tasa de usura sirve para algo fuera del crédito?

Sí, y es una de sus aplicaciones menos conocidas. El artículo 635 del Estatuto Tributario ata el interés de mora de las obligaciones tributarias a la tasa de usura vigente para las modalidades de crédito de consumo, restándole dos puntos porcentuales. Cuando la Superintendencia Financiera de Colombia mueve el tope de consumo, también se mueve lo que la DIAN te cobra por pagar impuestos tarde.

¿Aplica a préstamos gota a gota y a casas de empeño?

Sí. El límite no depende de que quien presta esté vigilado. Un préstamo gota a gota cobra tasas que superan el tope por múltiplos, lo que lo hace ilegal con independencia de cualquier otro delito asociado al cobro. El gota a gota virtual, además, no lo investiga la Superintendencia Financiera: esa denuncia va a Fiscalía, Policía y Superintendencia de Industria y Comercio.

¿La tasa de mora es la misma?

No es lo mismo, pero también está acotada. El interés remuneratorio es el precio del crédito y el moratorio es la sanción por el retraso. Ninguno de los dos puede llevar el cobro por encima del límite legal vigente.

Fuentes

Revisado el 1 de septiembre de 2026. ¿Ves un dato viejo o equivocado? Escríbenos y lo corregimos citando la fuente.

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